{"id":3907,"date":"2023-01-10T14:31:26","date_gmt":"2023-01-10T14:31:26","guid":{"rendered":"http:\/\/defensoriaparana.com.ar\/?page_id=3907"},"modified":"2023-05-16T00:10:21","modified_gmt":"2023-05-16T00:10:21","slug":"proliferacion-de-edificios-en-zona-parque","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/2023\/01\/10\/proliferacion-de-edificios-en-zona-parque\/","title":{"rendered":"(2007) Proliferaci\u00f3n de edificios en zona Parque"},"content":{"rendered":"<p>Paran\u00e1, 19 de Septiembre de 2007<\/p>\n<p>Referencia ADP N\u00ba 188\/07<\/p>\n<p><strong>RECOMENDACI\u00d3N DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO N\u00ba 3 de 2007<\/strong><\/p>\n<p><strong>PROLIFERACI\u00d3N DE EDIFICIOS en\u00a0 ZONA PARQUE<\/strong><\/p>\n<h4>Visto:<\/h4>\n<p>La actuaci\u00f3n iniciada por vecinos que residen en los distritos URE1, UR1 y subdistrito UR1-1, solicitando la intervenci\u00f3n de la Defensor\u00eda por la proliferaci\u00f3n de edificios en propiedad horizontal, por cuanto los mismos estar\u00edan afectando propiedades linderas, comprometiendo la infraestructura del sector -en cuanto a los servicios- y en abierta contradicci\u00f3n con la caracterizaci\u00f3n que se hace de los distritos, en el C\u00f3digo Urbano vigente y;<\/p>\n<p><strong>Considerando:<\/strong><\/p>\n<p>Que en virtud del reclamo, se elev\u00f3 nota a la Direcci\u00f3n de Obras Particulares para obtener informaci\u00f3n referida a los\u00a0 permisos otorgados y en\u00a0 tr\u00e1mite, para construcciones que superen la altura m\u00e1xima de los + 9.50 mts., interesando en particular conocer la\u00a0 ubicaci\u00f3n del emprendimiento, la normativa municipal bajo la cual fue aprobado dicho emprendimiento y en que fecha se otorgaron los permisos de uso;<\/p>\n<p>Que asimismo bajo Expediente N\u00ba 5444\/07 se remiti\u00f3 a la Direcci\u00f3n de Planeamiento -a cargo del Arq. Laurini- un detalle del reclamo presentado destacando el inter\u00e9s de los ciudadanos por conocer la ubicaci\u00f3n de los nuevos emprendimientos;<\/p>\n<p>Que en procura de agilizar la presentaci\u00f3n realizada por los vecinos ante el Ejecutivo municipal (Expte. N\u00ba 6004\/07) y a los efectos de cumplir en tiempo y forma con los tr\u00e1mites administrativos, se mantuvo comunicaci\u00f3n telef\u00f3nica con el responsable de Ceremonial para que remita el expediente de manera urgente a la Direcci\u00f3n de Planeamiento a los efectos de dar cumplimiento al\u00a0 Decreto del Poder Ejecutivo (N\u00ba 282\/07), materializando la convocatoria;<\/p>\n<p>Que el mencionado decreto le otorga a los vecinos una posibilidad de participaci\u00f3n y debate con miembros de la Comisi\u00f3n Asesora, a fin de proponer modificaciones al C\u00f3digo Urbano (Ord. N\u00ba 8563) pero no establece un compromiso de convocatoria peri\u00f3dica, delegando en los ciudadanos reclamantes la responsabilidad de la gesti\u00f3n;<\/p>\n<p>Que, del procedimiento administrativo, se desprende que existe un defasaje de tiempos entre el permiso de uso otorgado por la Direcci\u00f3n de Planeamiento, los tr\u00e1mites de factibilidades otorgados por las dependencias municipales de servicio y el proceso relativo a la ejecuci\u00f3n de la obra;<\/p>\n<p>Que por consiguiente, existen -de hecho- situaciones donde los propietarios construyen con el permiso de uso, con la factibilidad de agua otorgada por radio servido, lo cual no garantiza el servicio y\u00a0 un anteproyecto presentado con factibilidad provisoria\u00a0 emitida por la Direcci\u00f3n de Obras Particulares;<\/p>\n<p>Que la autorizaci\u00f3n de nuevas edificaciones en torre y el incremento de densidad poblacional que esto genera en dichos sectores urbanizados, debe realizarse previendo, no solo la factibilidad de los servicios por disponibilidad de la red, sino midiendo el impacto que tendr\u00eda esta demanda sobre las construcciones existentes;<\/p>\n<p>Que la zona referida acusa problemas de vieja data, en lo relativo a la provisi\u00f3n de agua potable, agudizado por la presencia de ca\u00f1er\u00edas obsoletas que no tendr\u00e1n soluci\u00f3n con la mera puesta en funcionamiento de la \u201cNueva Planta de Agua Potable\u201d;<\/p>\n<p>Que, de acuerdo a la informaci\u00f3n recibida hasta la fecha, los permisos que oportunamente se otorgaron, no estar\u00edan violando normativa, sin embargo hasta el momento la Defensor\u00eda no tiene la certeza de que est\u00e9 presupuestado y en v\u00edas de ejecuci\u00f3n la renovaci\u00f3n de la red de agua considerada obsoleta, como tampoco la adecuaci\u00f3n de las redes de infraestructura existentes;<\/p>\n<p>Que la situaci\u00f3n objeto del reclamo se extiende a otras zonas de la ciudad con las mismas manifestaciones; por ejemplo la zona c\u00e9ntrica e incluso periferia demandan una permanentemente eficiencia en la prestaci\u00f3n de los servicios;<\/p>\n<p>Que la lectura del C\u00f3digo Urbano, permite concluir respecto a los distritos, que poseen caracter\u00edsticas similares por sus visuales al ri\u00f3 y la proximidad del Parque Urquiza, pero no se alcanza a definir un <em>espacio de transici\u00f3n<\/em> entre las alturas permitidas por cuanto se liberan para toda la acera sur que delimita el distrito URE 1;<\/p>\n<p>Que es necesario en esta instancia volver a los Objetivos Particulares establecidos en el C\u00f3digo Urbano (Ordenanza N\u00ba 8563), por que en ellos esta plasmado el inter\u00e9s que los vecinos reclaman, a saber: Inc. a) \u201cGarantizar buenas condiciones ambientales conforme a las caracter\u00edsticas del tejido urbano (relaci\u00f3n \u00e1reas descubiertas &#8211; \u00e1reas construidas) asegurando iluminaci\u00f3n, ventilaci\u00f3n, asoleamiento, ac\u00fastica, privacidad, higrometricidad, visuales y \u00e1ngulo de visi\u00f3n del cielo en todos los espacios habitables\u201d; Inc. g) \u201c Adecuar las superficies edificables en relaci\u00f3n a la infraestructura existente y potencial, manteniendo el equilibrio entre volumen edificable y espacio urbano\u201d;<\/p>\n<p>Que lo expresado en el p\u00e1rrafo anterior permite dimensionar las modificaciones ambientales que\u00a0 los edificios en altura pueden generar en la trama urbana existente, por cuanto influyen claramente en el uso de los espacios urbanos adyacentes a dichos edificios, y modifican acciones y actividades comerciales y culturales\u00a0 relacionadas con la v\u00eda publica;<\/p>\n<p>Que contin\u00faa siendo motivo de preocupaci\u00f3n para la Defensor\u00eda, la falta de visibilidad de los carteles de obra en algunas construcciones, inclusive llegando a la ausencia de los mismos, a pesar de estar establecido en la norma vigente, que los profesionales deben estar identificados, lo cual refiere a la responsabilidad civil y facilita la comunicaci\u00f3n entre los vecinos y la obra;<\/p>\n<p>Que el C\u00f3digo Urbano habilita la consideraci\u00f3n de casos particulares a resolver por una Comisi\u00f3n asignada al efecto, cuando los proyectos no se adec\u00faan en sus especificaciones, al mismo;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>POR TODO LO EXPUESTO<\/p>\n<p>LA DEFENSORA ADJUNTA DEL PUEBLO DE LA MUNICIPALIDAD DE PARAN\u00c1<\/p>\n<p>A CARGO DE LA DEFENSOR\u00cdA<\/p>\n<h4><u>Recomienda<\/u><\/h4>\n<p><strong>1). <\/strong>\u00a0Otorgar el permiso de uso garantizando la accesibilidad de los servicios de infraestructura, teniendo en cuenta el incremento de la demanda, fundamentalmente del agua, por el aumento de la densidad poblacional.<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> Dimensionar el impacto ambiental que los edificios en altura generan en la trama urbana, en cumplimiento de los Objetivos Particulares establecidos en el C\u00f3digo Urbano Vigente, destacando las construcciones entre medianera.<\/p>\n<p><strong>3) <\/strong>En funci\u00f3n de la Planificaci\u00f3n Urbana y los esfuerzos econ\u00f3micos\u00a0 que conlleva la extensi\u00f3n\u00a0 de los servicios, alentar el crecimiento de la ciudad, promoviendo la igualdad de oportunidades, mejorando la habitabilidad de zonas postergadas o de reciente urbanizaci\u00f3n y estableciendo prioridades al momento de otorgar los permisos de uso.<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> Revisar los criterios de conformaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Asesora que interviene en todos los casos excepcionales, a los efectos de ampliar la mirada en funci\u00f3n del inter\u00e9s general ciudadano imprescindible para la toma de decisiones.<\/p>\n<p><strong>5) <\/strong>Considerar la conveniencia de reforzar el \u00c1rea de Inspecciones de Obras Civiles, dependiente de la Direcci\u00f3n de Obras Particulares con personal t\u00e9cnico capacitado en funci\u00f3n del ejercicio de contralor que ejerce el estado municipal en este aspecto; teniendo en cuenta el notable aumento de la construcci\u00f3n en la ciudad.<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> Comunicar el contenido de la presente RECOMENDACION al DEM, a la Subsecretar\u00eda de\u00a0 Planificaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Desarrollo y al Honorable Concejo Deliberante.<\/p>\n<p><strong>7)<\/strong> Comunicar el contenido de la presente RECOMENDACI\u00d3N a los actuantes y proceder al oportuno registro y archivo de las actuaciones.<strong>\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Paran\u00e1, 19 de Septiembre de 2007 Referencia ADP N\u00ba 188\/07 RECOMENDACI\u00d3N DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO N\u00ba 3 de 2007 PROLIFERACI\u00d3N DE EDIFICIOS en\u00a0 ZONA PARQUE Visto: La actuaci\u00f3n iniciada por vecinos que residen en los distritos URE1, UR1 y subdistrito UR1-1, solicitando la intervenci\u00f3n de la Defensor\u00eda por la proliferaci\u00f3n de edificios en propiedad [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[20],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3907"}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3907"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3907\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3994,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3907\/revisions\/3994"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3907"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3907"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaparana.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3907"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}