ADP Nº 1301/09 Paraná, 30 de Noviembre de 2009
RECOMENDACION Nº 08/ 09 DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO
VISTO:
La concurrencia de familias a la Defensoría -que tienen vulnerados sus derechos-, generalmente para pedir su incorporación al Programa Familias, o solicitar asesoramiento para la obtención del Documento de Identidad;
Y CONSIDERANDO:
Que, las estadísticas, en cuanto a condiciones de salud y que conforman cifras de mortalidad infantil, nos indican que el 33.3% del total del población infantil con riesgo de vida pertenece al departamento Paraná;
Que, así mismo, esta tendencia y el análisis más amplio de las necesidades básicas insatisfechas se ha acentuado con el tiempo y, a pesar de ciertas coberturas sociales (Plan Nacer, Plan Familias, …), las cifras de exclusión siguen en aumento;
Que, estamos ahora frente a la cobertura para los Niños/as y Jóvenes a través de la Asignación Universal por Hijo;
Que, a la luz de la experiencia y resultados de los planes sociales es importante considerar y propiciar la inclusión de los niños y niñas en instituciones educativas y culturales, que habiliten para el futuro;
Que, dicha inclusión posibilita la incorporación de actitudes recursos vínculos, y preparación para el ingreso al sistema educativa formal, y propicia la ampliación de lazos sociales con otros niños/as y las familias;
Que, una cantidad de población infantil no está concurriendo a instituciones educativas y o de recreación;
Que, para aquellos que manifiestan su voluntad de inscripción, ésta se ve limitada por la falta de plazas;
Que, de acuerdo a datos elaborados por el Centro Salud Domagk -entre otros- de los niños que se atienden y de los cuales se ha realizado el seguimiento, un total de 250 bajo la cobertura del Plan Nacer, se hallan en situación de vulnerabilidad social;
Que, hay una cantidad de niños aspirantes que no logran ingresar por carencia de lugares en los jardines maternales Municipales;
Que, como ejemplo 50 niños no han podido ingresar en el corriente año, al Jardín Maternal Patito Sirirí;
Que, además, el Jardín Maternal es lugar privilegiado para recibir alimentación completa y nutritiva de acuerdo a su etapa evolutiva, como la posibilidad de adquirir hábitos alimenticios, ampliando el horizonte familiar y cultural;
Que, la única oferta Pública en la mayoría de los barrios, de este tipo de Institución, es la de la Municipalidad;
Que, acompañar la política de ingreso ciudadano con políticas de inclusión cultural, es responsabilidad política y que es el estado quien tiene la obligación de su implementación;
Que, en el año 2004 mediante recomendación Nº 15/04 se aconsejó al Ejecutivo Municipal la habilitación de otro turno en los Jardines Maternales, a fin de incorporar a los niños de cero a cuatro año en las respectivas zonas de la ciudad y que, en la actualidad sólo uno de más de 30 lo está realizando;
Por todo lo expuesto,
La Defensora del Pueblo Adjunta, A/C de la
Defensoría del Pueblo de la Municipalidad de Paraná
RECOMIENDA:
Al Presidente Municipal
1º- Ampliar la oferta de los Jardines Maternales Municipales y, paralelamente, establecer un programa que permita la cobertura total de los niños/as de la franja etaria cero a cuatro años, teniendo en cuenta el crecimiento de la población, de tal manera que constituya una política que se sostenga en el tiempo;
2º – Se considere la necesidad de incorporación de personal preparado y especializado para la labor pedagógica y cultural que deben llevar adelante;
3º – Se instruya a la Subsecretaría de Educación en lo relativo a la puesta en marcha de esta iniciativa, fijando modalidad y plazos para su cumplimiento;
4º- Comunicar el contenido de la presente Recomendación al DEM, registrar y, oportunamente, archivar.
Nota: se adjunta la Recomendación referida -Nº 15/04-, para ser considerada en forma complementaria.