Resolución del 21/11/2013 con RECOMENDACIÓN Nº 4/13 a la Sra. Presidenta Municipal de la Ciudad de Paraná.

 

Recomendación en relación al “Transporte Urbano de Pasajeros”.

 

PARANA, 21 de noviembre de 2013.

Sra. Presidenta Municipal

Profesora Blanca OSUNA

 

RESOLUCION CON RECOMENDACIÓN Nº 4

VISTO:

Los continuos reclamos presentados por parte de ciudadanos e instituciones, por la reducción de las frecuencias del servicio de transporte urbano de pasajeros, los que en su oportunidad fueron informados por sendas notas al Sr. Subsecretario de Transporte y Tránsito, en fechas 30/11/12, 30/12/12, 16/01/13, 27/02/13, 05/06/13 y 22/07/13.

Que durante algunas franjas horarias –las primeras horas de la tarde y la noche-, así como los fines de semana y los días feriados, se reducen  las frecuencias en forma notoria.

Que en las citadas notas remitidas al Subsecretario de Transporte y Tránsito  se le solicitó la realización de controles de dichas frecuencias con la finalidad de garantizar la continuidad de la prestación del servicio durante todo el año.

Que existen ordenanzas que establecen las frecuencias y los tiempos de tolerancia, así como las facultades que le asisten al Ejecutivo municipal para determinar cómo debe prestarse el servicio de colectivos en este aspecto y controlar el cumplimiento de la legislación.

Que en los últimos años, en coincidencia con el inicio del receso administrativo y escolar de verano y las vacaciones de invierno, se aplican cambios en las frecuencias de los colectivos, dilatando el paso de los vehículos de forma notable.

El titular de la prensa gráfica del mes de diciembre del año 2012 “DILATAN FRECUENCIAS DE COLECTIVOS POR EL RECESO”, en la que se informaba que “desde el día miércoles 26 de diciembre los colectivos están pasando con una frecuencia más espaciada”, incluyendo un diálogo con  el Director de Transporte, acerca de ese hecho.

 

 

Y CONSIDERANDO:

Que es prioritario para este organismo, la correcta prestación de los servicios públicos.

La solicitud cursada por esta Defensoría al Municipio para que informe acerca de los fundamentos legales que dieron sustento a la decisión de la Dirección de Transporte de autorizar el distanciamiento o dilatación de las frecuencias horarias que rigen la prestación del servicio de Transporte Público de Pasajeros.

 

La contestación del Municipio al requerimiento de esta institución, en la que se afirma que “se realizaron verificaciones de controles de frecuencias y estado de las unidades pertenecientes al Transporte Urbano de Pasajeros, labrándose  y elevándose las actuaciones correspondientes a resolución de los juzgados de faltas municipales”. Asimismo, también se informa que “es necesario hacer saber que no se han autorizado modificaciones en las grillas de las frecuencias del transporte urbano, siendo una facultad exclusiva del Departamento Ejecutivo la de proponer modificaciones en las grillas horarias acorde a las reales necesidades del servicio (Ord. 5342 y 6723).

Que tales afirmaciones no coinciden con lo manifestado por ciudadanos paranaenses quienes realizaron sus reclamos ante esta Defensoría.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal convocó a la constitución de una Mesa de Acuerdo, mediante el decreto del Ejecutivo municipal 1.057 del 18 de julio de 2012, para abordar “Integralmente las diferentes cuestiones relacionadas al Servicio Público de Transporte en Colectivo Urbano de Pasajeros por Automotor”.

 

Que la génesis de la Mesa del Transporte resalta claramente la importancia del mejoramiento progresivo del servicio público referido al transporte de pasajeros en la Ciudad de Paraná. Que su propia conformación otorga protagonismo a distintos sectores involucrados en la materia, cuyas voces resultan representativas de los propios usuarios del servicio.

Que dicha Mesa, a la que la Defensoría del Pueblo fue convocada a integrar, se reunió en una sola oportunidad, con motivo de tratarse el aumento del boleto de colectivo que empezó a regir en el mes de julio del año 2012. Que si bien este aspecto es de suma importancia, también lo son los otros extremos relacionados al servicio, como la calidad de las unidades, la frecuencia, la higiene, el trato de los dependientes de las empresas prestatarias del servicio, la infraestructura afectada, etc.

Que la Defensoría del Pueblo, como parte de la Mesa, ha solicitado en reiteradas oportunidades,  por nota, a las áreas pertinentes del Ejecutivo, se convoque al ámbito para tratar, entre otros temas, el de las frecuencias y se amplíe la participación a los demás sectores involucrados en el servicio.

Que el Defensor del Pueblo es miembro de la Mesa de Transporte Municipal, y no ha sido notificado de ninguna reunión de la misma, para tratar este tema ni ningún otro, desde el día 20 de julio de 2012, en que se realizó el último encuentro.

Por todo ello,

 

El DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE PARANA

            RESUELVE:

 

1º) RECOMENDAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL que convoque a la MESA DE TRANSPORTE MUNICIPAL en el corto plazo.

 

2º) SOLICITAR que se amplíe la Mesa con la participación de representantes del Ejecutivo Municipal del área Transporte, de Defensa del Consumidor y de la Dirección de Comisiones Vecinales, de representantes del H.C.D., representantes de las empresas prestadoras del servicio, la Unión Tranviarios Automotor, los gremios estatales,  el Sindicato de Empleados de Comercio, las Federaciones de estudiantes secundarios y universitarios y representantes de las comisiones vecinales de la ciudad.

 

3º) Remítase a la Señora Presidenta Municipal.

 

4)  Comuníquese,