La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Paraná considera un avance la aprobación de la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos, ya que contempla el derecho ciudadano de contar con información detallada de los productos y de poder elegir qué consumir a partir de esos datos, teniendo como propósito final el cuidado de la salud.
Justamente, sobre este último punto –la salud- se publicaron en estos días datos preocupantes: el 66% de la población argentina tiene exceso de peso; el 32% tiene obesidad; el 40% padece presión arterial elevada; el 30% tiene colesterol elevado; entre los chicos de 5 a 17 años, el 41% tiene exceso de peso y en menores de 5 años, el 13,6% tiene sobrepeso.
La nueva ley obliga a marcar con un sello octogonal negro de advertencia los paquetes y envoltorios de todos los alimentos que tengan exceso en azúcares, grasas, calorías o sodio.
Qué cambió del etiquetado
La norma establece que los alimentos y bebidas alcohólicas deben incluir en la cara principal un sello indeleble que advierta si el producto tiene excesos de: azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías
Otros puntos
*Los productos que contengan edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.
*Establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.
*Fija que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.
La Defensoría del Pueblo apoya toda iniciativa que tenga como fin el bien común de la ciudadanía, resguardando los derechos de acceso a la información, de elegir y, en este caso, a la salud.
(Con información de El Cronista)