En respuesta a las actuaciones iniciadas en diciembre pasado por la Defensoría del Pueblo de la ciudad, en nombre de vecinos de Villa Lola que reclamaban ante la construcción de una nueva antena de telefonía en su barrio, la Municipalidad de Paraná ordenó a la empresa Telecom Personal SA que desmantele las instalaciones no autorizadas y abone una  multa equivalente al precio de 10 mil litros de nafta común (cotización aplicada por el Automóvil Club Argentino).

La disposición fue emanada el 14 de octubre último mediante el decreto Nº 2142 y otorga un plazo de cinco días hábiles para su cumplimiento a partir de la notificación correspondiente.

En los argumentos del decreto, el Ejecutivo cita en primer término la gestión de la Defensoría del Pueblo, en representación de los vecinos de la comunidad de Villa Lola, quienes pidieron la intervención de la institución ante el avance de trabajos en torno a una construcción de una nueva antena -que los habitantes presuponían eran de telefonía móvil- en las instalaciones existentes en calle Juan L. Ortiz, entre Garrigó y Marcelino Román.

La presentación en la Defensoría se inició el 27 de diciembre de 2010 y desde entonces, esta institución reiteró no cesó en la tramitaciones tendientes a comprobar -desde parámetros técnicos fehacientes- el tipo de emisiones.

Finalmente, el Ejecutivo tomó las inspecciones realizadas el 8 de agosto de 2011 por el Centro de Comprobación Técnica de Posadas de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), organismo a cargo del contralor de las telefónicas en el país. Por dichos estudios, el Ejecutivo corroboró –según consigna el decreto 2142- que las emisiones de la antena en cuestión pertenecen al Sistema de Telefonía Móvil y Sistema Multicanal Digital (MXD).

Tras la comprobación, el Ejecutivo cita la existencia de la ordenanza 8216, que regula la instalación y funcionamiento de estructuras para servicios de telefonía e instalaciones complementarias dentro de la jurisdicción territorial de la comuna. La norma exige “una serie de estudios y requisitos para la instalación y funcionamiento de antenas que emitan ese tipo de frecuencia, requisitos que la empresa no ha cumplido siquiera mínimamente”, consigna uno de los considerandos del decreto.

Además, “la empresa Telecom Personal SA ha sido multada con anterioridad, en más de una ocasión en virtud del incumplimiento de la ordenanza Nº 8216”, por lo que en este caso se resolvió aplicar el máximo de la pena de la multa establecida en los artículos 8 de dicha norma (8216) y 97 de la ordenanza 8737. Se tratan de 10 mil litros de nafta.

La Defensoría ya intervino ante un planteo similar de vecinos de calle 25 de junio al 500. En julio de 2008, la institución emitió la Recomendación Nº2, por la que solicitó al Ejecutivo proceda –en cumplimiento de la normativa vigente- a implementar la remoción de una antena de telefonía celular ubicada en calle 25 de junio 565 perteneciente a la empresa Telecom Personal. Pero la concreción del desmantelamiento ha sufrido dilaciones reiteradas, a pesar de las repetidas sanciones aplicadas por la comuna.