RECOMENDACIÓN DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Nº 001/03

 

Visto:

La Actuación de la Defensoría del Pueblo Nro. 034/03 iniciada con motivo de una presentación efectuada por vecinos de la calle 1360 en Bajada Grande con motivo de corrimientos de suelo y peligro de desbarrancamiento y derrumbe; y

 

Considerando:

 

Que el día 20 de Agosto de 2003 se presentan ante esta Defensoría del Pueblo: Miguel A. Velázquez, Marcelo F. Barrionuevo, Carlos M. Gaggero; Luis M. Acosta y Adriana V. Vergara, con domicilios en calle 1360 (ex cortada 8 de Bajada Grande) para poner en conocimiento la gravedad de un movimiento de suelo en la zona, que afecta a sus viviendas. Los vecinos ya en ese entonces habían realizado acciones respecto al tema ante la Subsecretaría de Comunidades Vecinales y ante la Dirección Provincial de Defensa Civil y de Emergencias Sanitarias;

 

Que ante ello esta Defensoría incorpora el relato de los vecinos y documentación entregada a ellos y emanada de la Dirección Provincial de Defensa Civil y de Emergencias Sanitarias, quienes constatan que varias viviendas de la zona sufren serias grietas en las paredes, con desprendimiento de mampostería y fuertes averías estructurales causadas por el movimiento de la barranca, y no por problemas de construcción o de materiales. Dicho informe también constata graves peligros de derrumbe ante nuevos movimientos que pudiesen llegar a producirse en el caso de nuevas lluvias. Cada uno de los vecinos afectados recibe este informe a modo acta por parte de la Dirección Provincial de Defensa Civil;

 

Que el mismo día, 20 de agosto, esta Defensoría se dirige al Secretario de Planeamientos y Medio Ambiente de la Municipalidad de Paraná, solicitando disponga la realización de una inspección técnica, además de poner en conocimiento el relato efectuado por los vecinos en la presentación;

 

Que el Secretario de Planeamiento y Medio Ambiente responde que la requerida inspección técnica ya había sido realizada, el día 12/08/03, por la Dirección de Obras Viales e Hidráulicas a solicitud de la Dirección de Comunidades Vecinales de la Municipalidad, donde se descarta la existencia de vinculación entre la inestabilidad de los terrenos de la calle 1360 con las obras efectuadas y con los desagües del Parque Nuevo. La inspección técnica también hace referencia a que los problemas son estructurales y que tienen similitud con toda la costa Norte de la ciudad. Copia del informe realizado por la Dirección de Obras Viales e Hidráulicas es remitido en esa oportunidad de manera adjunta desde Planeamiento Municipal a esta Defensoría. El secretario de Planeamiento y Medio Ambiente, Arq. Carlos Menu Marque, sugiere también, en ese mismo acto, que el director del área que realizó la inspección técnica amplíe el informe en el caso en que esta Defensoría así lo requiera.

 

Que la Defensoría del Pueblo contacta entonces al Director de Obras Viales y requiere que, en lo posible, complete el informe aludido presentando ante este organismo, propuestas técnicas y, en el caso de que existan, alternativas de solución al problema. El 26 de agosto de 2003 recibe la Defensoría del Pueblo respuesta de la Dirección de Obras Viales de la Municipalidad donde se realiza una propuesta a fin de eliminar uno de los factores que provocan el deslizamiento, es decir a fin de eliminar acumulaciones de agua. La propuesta presentada por la Dirección consiste en la colocación de medias cañas de 60 cm. de diámetro en la banquina sur de Avda. Estrada en un tramo aproximado a los 150 metros, hasta el desagüe en la cámara existente en la calle de acceso al Nuevo Parque, a fin de eliminar el agua superficial. Para la eliminación del agua infiltrada se aconseja un drenaje cuya traza debería ubicarse debajo de las medias cañas, a una profundidad de 1,50 metros y en la misma longitud que tendría la obra anterior. Este drenaje debería efectuarse de forma rectangular y envuelto en material geotextil. El material filtrante debería ser de canto rodado y arena gruesa y el caño evacuador debería ser de PVC reforzado.

 

Que teniendo en cuenta este informe, esta Defensoría contacta el mismo día –26/08/03 –  a la Sub Unidad Provincial de Coordinación para la Emergencia y solicita la intervención de un geólogo para realizar una rápida inspección técnica a fin de obtener información sobre otros aspectos de la problemática.

 

Que el día 29 de agosto de 2003 se recibe el informe técnico realizado el día 27 por parte de los técnicos de la Sub Unidad Provincial de Coordinación para la Emergencia. En este informe se constata una situación de catástrofe en el área aludida, manifestándose grietas de tensión que surcan el área en diferentes posiciones, que producen agrietamiento y corrimientos masivos en las viviendas. Estos técnicos también infieren que la saturación del sector es producto de las vertientes que degradan la resistencia algo que, sumado a la geometría del talud y la carga actuante, hace que se produzcan grietas y escisión del suelo. También se informa sobre la existencia de socavaciones producto de la fuga de material y deslizamientos locales debido a la pérdida de resistencia de los suelos.

 

Que, si bien se recomiendan estudios más profundos se sugiere finalmente, y a modo de medidas de rápida ejecución: (a) Prohibición del tránsito pesado y estacionamiento vehicular en la zona; (b) Detección de vertientes en su afloramiento y encauzamiento de las mismas hacia lugares no perjudiciales; (c) Reemplazo de caños de PVC existentes por caños PEAD debido a su mayor flexibilidad y resistencia; (d) No permitir encharcamientos; (e) Relleno de grietas para que no ingrese y corra el agua de lluvia utilizando, en lo posible, carbonato de calcio; (f) Evaluación rápida de viviendas en estado crítico y, en caso necesario, demolición.

 

Que, en virtud de todo lo expuesto, y apelando al deber de velar por la seguridad y comodidad pública que tiene la Corporación Municipal (Art. 11º, inciso 2º, de la Ley Nº 3001), la Defensoría del Pueblo de la Municipalidad de Paraná, ante la grave situación y ante los riesgos humanos y materiales existentes, RESUELVE:

  1. Remitir los antecedentes del problema al Sr. Intendente Municipal, al Secretario de Planeamiento y Medio Ambiente y al titular de la Unidad Ejecutora Municipal, a fin de aportar elementos a tener en cuenta y considerar para el tratamiento del problema y para incidir en su rápida atención.
  2. Recomendar la toma de una pronta acción a fin de mitigar el problema, (1) impidiendo de manera inmediata el tránsito pesado y el estacionamiento vehicular, estableciendo claras indicaciones de vías de tránsito alternativas para los camiones, (2) rellenando las grietas existentes, (3) encauzando las vertientes, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección de Obras Viales e Hidráulica, (4) eliminando la acumulación de agua, también recomendado por aquella repartición municipal y (5) mejorando la situación de los caños de desagüe según la mejor alternativas, además de otras acciones inmediatas que se consideran necesarias.
  3. Recomendar la realización de estudios integrales que apunten a una solución definitiva del problema.
  4. Recomendar en forma inmediata el trabajo junto a los vecinos afectados a fin de orientar y asistir en eventuales desalojos de viviendas en los casos necesarios a fin de evitar pérdidas mayores ante posible catástrofe.
  5. Recomendar que las áreas municipales que se encuentran afectadas para encarar soluciones elaboren acciones conjuntas y coordinadas y las lleven adelante también de manera rápida, conjunta y coordinada.
  6. Informar a las áreas municipales involucradas y a los vecinos afectados que esta Defensoría del Pueblo se encuentra en condiciones de prestar asistencia mediante herramientas de mediación y de apoyo para la búsqueda de soluciones a las cuestiones humanas y sociales que puedan aflorar ante este problema.
  7. Comuníquese e incorpórese a la actuación correspondiente.

 

 

Paraná, 01 de septiembre de 2003