La Defensoría del Pueblo de Paraná aconseja a los vecinos interesados en adquirir un terreno que se cercioren, antes de concretar la operación de compra,  de que el loteo tenga la aprobación municipal correspondiente. Para buscar esa información, los interesados pueden dirigirse a las oficinas de Catastro municipal, ubicadas en calle 25 de Mayo 126, de 7.15 a 12.30.

La recomendación obedece a los retirados reclamos que viene recibiendo esta institución por parte de ciudadanos que han comprado, a  través de inmobiliarias de la ciudad, un predio y luego han caído en la cuenta de que el loteo carece de habilitación, por lo que –en primer instancia- no pueden acceder a los servicios básicos.

En la mayoría de los casos, la venta de las parcelas se ha ofrecido mediante publicidades en los medios gráficos, en el marco de la oferta de amplios terrenos.

Ante la situación, esta institución recuerda a la ciudadanía que rigen disposiciones –contempladas en el Código Urbano (ordenanza 8.563)- que deben ser cumplimentadas por el vendedor de la tierra ante el Municipio, para que recién después el predio pueda ser adquirido en condiciones por el vecino.

En vista de los planteos, la Defensoría elevó una nota al Colegio de Corredores Inmobiliarios de Entre Ríos, ámbito que representa a inmobiliarias locales, para advertir de las operaciones y solicitar al sector  “que ejerza” la actividad “en condiciones de legalidad, con idoneidad y eficiencia, sin afectar los derechos ciudadanos”.

El Código Urbano, en el artículo 226, establece que “todo acto de publicidad y/o promoción de la urbanización deberá contar con una resolución de factibilidad otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal. Los actos de venta no se podrán iniciar hasta obtener su habilitación parcial o total”. Para quienes incumplan con esta obligación, del Código fija  una multa equivalente al 30% del avalúo fiscal del total del inmueble a subdividir.  Concretamente, el artículo 230 consigna: «Quienes fueran responsables de actos de publicidad y/o promoción de urbanizaciones sin contar con una resolución de factibilidad, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieren corresponderle, se harán pasibles de una multa equivalente al 30 % del avalúo fiscal del total del inmueble a subdividir”.

En la misiva, de fecha 16 de agosto, el Defensor del Pueblo, Luis Garay, expresó su “profunda preocupación” por el hecho de que ciudadanos sean “atraídos por interesantes y/o accesibles propuestas de acceso a la tierra y/o como primera posibilidad de concretar el sueño de la vivienda propia y son atrapados en su buena fe por publicidades engañosas de diferentes inmobiliarias de la ciudad, las que ofrecen en venta predios que incumplen absolutamente con las normas establecidas en el Código Urbano Municipal, por lo cual les genera a los adquirentes innumerables inconvenientes, daños y perjuicios”.

Paralelamente al envío de la nota al Colegio, la institución solicitó un informe al área de Gestoría Urbana de la comuna respecto de los loteos que efectivamente cuentan con aprobación. Y también, mantuvo el jueves pasado una reunión con el titular de la Dirección de Catastro, Gustavo Romero, con el fin de analizar la problemática y encauzar acciones en conjunto.

Así, se acordó recomendar que antes de concretar una operación de compra, los interesados concurran en busca de información a la Dirección de Catastro Municipal. Esta área informará si el loteo cuenta con la aprobación correspondiente para ser vendido. En tanto, quienes requieran asesoramiento, podrán dirigirse personalmente a esta Defensoría, ubicada en calle Monte Caseros 159 o llamar a los teléfonos 4211029, 4202322 o 08007771112. La atención es de 7.30 a 13.30. Otras vías de comunicación son a través del mail a defensoriaparana@gigared.com y de la página web de la institución: defensoriaparana.gov.ar.